El Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas (EECC) define cómo serán manejadas las llamadas de emergencia en toda la UE.

Coincidiendo con la reciente publicación del informe de la Comisión Europea sobre la implementación del número 112 en Europa, echamos un vistazo a sus principales conclusiones repasando también las principales novedades del recientemente aprobado Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas (EECC) que asegura importantes mejoras en el 112, que de largo han venido reclamando los servicios de emergencia.

Como viene siendo habitual en los últimos años y en fechas próximas a la celebración del Día Europeo del 112, la Comisión Europea ha publicado el informe de «Implementación del número europeo de emergencias 112» facilitando una visión general del funcionamiento de este número en la UE así como aspectos relevantes a mejorar, que como hemos repasado en anteriores publicaciones se ha centrado especialmente en localización o accesibilidad.

Este año las conclusiones del informe de Implementación del 112 en la UE despiertan aún si cabe mayor interés, debido a la reciente aprobación de la nueva Directiva Europea (el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas) y nos facilita un telón de fondo excelente para comprender mejor las novedades esta incorpora, entre ellas y de forma muy destacable: mejoras de localización de llamadas de emergencia y acceso para discapacitados al 112 (accesos alternativos al 112 como SMS y mensajería).

IMPLEMENTACIÓN DEL 112 EN EUROPA: COCOM REPORT 2018.

El último informe publicado muestra como las llamadas a este número crecen cada año y que numerosos Estados de la UE han mejorado (o están en vías de hacerlo) sus sistemas de localización de llamadas de emergencia.

Igualmente el documento destaca cómo los países de la UE aseguran que aquellos con discapacidad puedan contactar con los servicios de emergencia en iguales condiciones a aquellos no limitados por alguna discapacidad.

La Comisaria Europea, Mariya Gabriel declaró a este respecto recientemente como «la Comisión colabora con los estados miembros para lograr soluciones rápidas y concretas que aseguren un acceso igualitario a los servicios de emergencia para todos los ciudadanos de la UE», aludiendo de esta forma al Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas (EECC) y el Acta Europea de Accesibilidad.

La Comisaria de Empleo y Asuntos Sociales, Marianne Thyssen comentó respecto a esta última: «Pronto las personas con discapacidad estarán seguras de disponer de acceso equivalente al 112 independientemente de en qué Estado se encuentren y en igualdad a otros».

Algunas conclusiones destacables del Informe de Implementación del 112 en la UE son (véanse también infografías):

  • Se aprecia un incremento de llamadas al 112 a nivel de la UE, lo cual indica un aumento de la adopción y uso de este número en caso de emergencia frente a otros. Las llamadas al 112 han aumentado un 5% en 2018, mientras que el número total de llamadas de emergencia cae un 2,5%.
  • Mejoras en la precisión de la localización de llamadas de emergencia: se ha iniciado el despliegue de AML (Advanced Caller Location) en Malta y Eslovenia. Esta tecnología es plenamente operativa en Bélgica, Estonia, Finlandia, Irlanda, Lituania, Malta, Eslovenia, y Reino Unido. Además la Comisión Europea contribuye financiando el despliegue de esta tecnología en Alemania, Dinamarca, Francia, Croacia, Hungría, Portugal y Suecia, elevando así el número de países de la UE con AML a 15.
  • El número de llamadas de emergencia desde teléfono móvil continúa creciendo. Según el informe el 73% de las llamadas fueron efectuadas desde móvil, lo cual supone un 3% de aumento respecto al año anterior. Esto confirma que cada vez más ciudadanos europeos se beneficiarán de las mejoras en la localización de llamadas de emergencia reflejadas en la nueva Directiva Europea.
  • En 23 Estados de la UE es posible contactar con los servicios de emergencia con un tiempo de espera de la llamada inferior a 10 segundos.
  • Aunque en 23 estados de la UE se ha implementado acceso alternativo al 112 mediante SMS, así como como algunas apps especializadas, los datos reflejan que aún hay bastante por hacer en este campo. Además de la falta de medios que aseguren la comunicación bidireccional, hay estados donde aún no se han desplegado soluciones que cumplan unos requerimientos mínimos en todo el territorio nacional o no está disponible las 24 horas. Además de esto, la información de localización de llamadas de emergencia para usuarios discapacitados no está disponible en 15 Estados de la UE.
  • 26 Estados de la UE informan disponer de un Sistema Público de Alerta. Los medios usados son: sirenas (16 paises); alertas en TV, radio, o redes sociales (10 países); apps (5 países) y Cell Broadcast (4 países).

Resumimos las principales conclusiones en la siguiente infografía para facilitar una visión general del informe de Implementación del 112 en la UE:

Infografía: Informe de Implementación del 112 en Europa


«La Comisión colabora con los estados miembros para lograr soluciones rápidas y concretas que aseguren un acceso igualitario a los servicios de emergencia para todos los ciudadanos de la UE» .

Mariya Gabriel, Comisaria Europea.

EECC: CÓDIGO EUROPEO DE LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.

Como decíamos al comienzo del artículo, resulta de obligada mención al hablar de mejoras en el 112, la reciente aprobación de la DIRECTIVA (UE) 2018/1972 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas, que partir de ahora citaremos como el EECC.

Es amplio el abanico de aspectos regulados en el EECC: estimular la competitividad, la inversión en redes de alta capacidad, asignación del espectro y ciñéndonos al tema que nos ocupa, el número único de emergencias 112.

El EECC define cómo serán manejadas las llamadas de emergencia en toda la UE. Es vinculante para todos sus miembros y sus disposiciones deberán ser implementadas en un margen de dos años (transpuestas a leyes en cada país). Los aspectos más relevantes abordados por esta Directiva incluyen un sistema de alerta público, localización de llamadas, accesibilidad para discapacitados y acceso al 112 desde plataformas online, aunque no se limita sólo a estos capítulos.

Estos puntos ya estaban contemplados en cierto modo en la anterior legislación (Directiva de Servicios Universales) pero se ven claramente consolidados con el nuevo EECC, eliminando ambigüedades y reforzando en definitiva las garantías a los ciudadanos europeos de recibir ayuda en caso de emergencia en iguales condiciones sin importar el país, discapacidad, o medio de acceso.

Teniendo además presente las conclusiones del último informe de Implementación del 112 en Europa que acabamos de repasar, notamos que varias mejoras necesarias mencionadas en este son abordadas expresamente en la nueva Directiva:

  • Localización de llamadas: El EECC es más concreto acerca de cómo deben localizarse las llamadas de emergencia. Cada país no sólo deberá usar información obtenida de la red para la localización, también deberá usar información obtenida del dispositivo móvil como podría ser mediante AML. Dicha información deberá ser facilitada sin coste a los servicios de emergencia y quien efectúe la llamada.
  • Sistema de alerta público: Será obligatorio para los estados miembros usar un sistema de 112 inverso para advertir a la población en caso de crisis o amenazas, enviando alertas a los posibles afectados a través de las redes telefónicas, con la excepción de que el plazo de adopción de esta medida será de 42 meses (no de 24 como en el resto de disposiciones).
  • Accesibilidad para discapacitados: La Directiva de Servicios Universales no dejaba claro qué debe entenderse por un «acceso equivalente» al 112 para personas discapacitadas. El EECC precisa claramente que entre tales comunicaciones de emergencia además de voz, también se incluyen SMS, video, mensajería u otros medios, eliminando cualquier ambigüedad previa, y asegurando un acceso igualitario al 112 para personas con discapacidad (o aquellos que por alguna razón no pudieran en determinado momento acceder por voz).
  • Acceso al 112 desde plataformas online: No sin un animado debate previo se ha llegado a decidir qué plataformas online, y qué plataformas no, deberían facilitar acceso al 112. ¿Bajo qúe criterios establecer dicha obligación?. Finalmente el EECC establece que todos los servicos de comunicación basados en numeración deben facilitar acceso al 112 a sus usuarios. Y este es el factor clave. Dentro de esta categoría (basados en numeración) se hayan proveedores de servicios de comunicación que son independientes de la red. Es decir, prestan servicios en una red telefónica conmutada pero sin tener control sobre esta (Skype Out o Viber, por ejemplo). Sin embargo, los proveedores de servicios de comunicación no dependientes de numeración (como son Twitter, Facebook Messenger o incluso WhatsApp, que sólo usa un número de teléfono a efectos de identificación) quedarían excluídos de esta obligación. Esto permite entender por qué a unas plataformas sí, y a otras no se les impone la obligación de facilitar acceso al 112: su dependencia de un número de teléfono para funcionar.

A modo de síntesis resumimos en al siguiente infografía estas cuatro novedades del EECC y las llamadas al 112:

«Pronto las personas con discapacidad estarán seguras de disponer de acceso equivalente al 112 independientemente de en qué Estado se encuentren y en igualdad a otros».

Marianne Thyssen, Comisaria Europea.

Como conclusión, diremos que existen otros aspectos aplicables a las llamadas de emergencia que son también abordados en la nueva Directiva Europea. Sin embargo, hemos analizado aquí, brevemente, los cuatro más relevantes, o de un mayor impacto para la ciudadanía y los servicios de emergencia: la mejora de la localización de llamadas móviles, acceso para discapacitados, 112 inverso y plataformas online.

En próximas publicaciones abordaremos otros aspectos muy interesantes de esta Directiva como son llamadas al 112 desde redes privadas, llamadas transnacionales al 112 o llamadas en otros idiomas.

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